Cumplimiento con la Política Federal de Conflictos de Intereses Financieros
I. NORMAS SOBRE CONFLICTOS DE INTERESES FINANCIEROS
El Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS, por sus siglas en ingl茅s) federal determin贸 que los Investigadores patrocinados por subvenciones de los Servicios de Salud P煤blica (PHS, por sus siglas en ingl茅s) est谩n sujetos a requisitos espec铆ficos en cuanto a la divulgaci贸n y la gesti贸n de conflictos de intereses con respecto a la investigaci贸n a fin de proporcionar una expectativa razonable de que la investigaci贸n patrocinada por los PHS se realizar谩n sin sesgos provenientes de los conflictos de intereses del Investigador.
Estas Normas se aplican a todas las subvenciones y los acuerdos cooperativos adjudicados a la 91视频 (AHA) cuya fecha de emisi贸n del Aviso de Adjudicaci贸n sea el 24 de agosto del 2012 o posterior (incluidas las continuaciones no competitivas) y a las solicitudes emitidas y los contratos adjudicados despu茅s del 24 de agosto del 2012 que se realizan con fines de investigaci贸n. Estos requisitos federales son aplicables a todas las propuestas de subvenciones para investigaci贸n de la AHA con el fin de obtener adjudicaciones externas que se presentan ente los PHS.
Los Investigadores de la AHA que reciben apoyo para investigaci贸n de los PHS deben divulgar los Intereses Financieros Significativos. Estos Investigadores deben presentar una divulgaci贸n de los Intereses Financieros Significativos de acuerdo con los procedimientos de implementaci贸n de la AHA.
El requisito de que un Investigador divulgue un Inter茅s Financiero Significativo conforme a los t茅rminos de estas Normas no implica en s铆 mismo la existencia de un conflicto de intereses financieros real o potencial. El Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA determinar谩 la existencia de un conflicto de intereses financieros real en funci贸n de la relaci贸n de los Intereses Financieros Significativos de los Investigadores con las responsabilidades de los Investigadores, con informaci贸n proporcionada por el Investigador. Si se identifica un conflicto de intereses financieros, el Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA recomendar谩 medidas adicionales para gestionar o finalizar el conflicto.
El Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA revisar谩 las divulgaciones de Intereses Financieros Significativos de los Investigadores por cada propuesta, informe de progreso, financiamiento progresivo o extensi贸n de los PHS a fin de determinar si hay alg煤n Inter茅s Financiero Significativo que parezca estar razonablemente relacionado con las actividades de investigaci贸n financiadas por los PHS que lleva a cabo el Investigador. Los Investigadores deben tener una oportunidad de indicar si consideran o no que el o los Intereses Financieros Significativos que informan est谩n relacionados con sus actividades de investigaci贸n financiadas por los PHS.
La AHA elaborar谩 los informes requeridos para la agencia correspondiente de los PHS con respecto a los intereses financieros identificados y las medidas de la AHA para gestionar el potencial conflicto de intereses financieros de un modo en que se conserve la integridad del proyecto de investigaci贸n.
II. DEFINICIONES
Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA:
El Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA est谩 designado para solicitar y revisar los formularios de Divulgaci贸n de Intereses Financieros completados y puede determinar si el Investigador tiene un Conflicto de Intereses Financieros.
Conflicto de Intereses Financieros:
Un Inter茅s Financiero Significativo que se relaciona con una actividad de investigaci贸n financiada por los PHS en la cual participa el Investigador y que podr铆a afectar directa y significativamente el dise帽o, la realizaci贸n o el informe de la actividad de investigaci贸n financiada por los PHS.
Equipo de Revisi贸n de Conflictos de Intereses Financieros (FCOIRT, por sus siglas en ingl茅s):
El FCOIRT est谩 conformado por el Gerente de Proyectos de la AHA, un representante del departamento legal de la AHA, el Director de Cumplimiento de la AHA y el Directivo M茅dico y Cient铆fico de la AHA, y es responsable de asesorar al Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA sobre el desarrollo y la implementaci贸n de un plan de gesti贸n en el que se deben especificar las medidas que se tomaron y que se deben tomar para gestionar dichos conflictos de intereses financieros.
Investigador:
El Director de Proyectos o Investigador Principal y cualquier otra persona, independientemente de su cargo o puesto, que es responsable del dise帽o, la realizaci贸n o el informe de una investigaci贸n financiada por los PHS o una propuesta para dicho financiamiento, lo cual puede incluir, por ejemplo, Colaboradores, Coinvestigadores, Voluntarios que trabajan como Investigadores o en cualquier otra actividad relacionada con el proyecto, o consultores.
Investigador Principal:
La persona o las personas identificadas con dicha funci贸n en la solicitud de subvenci贸n, el informe de progreso o cualquier otro informe presentado a los PHS.
Personal Clave:
El Director de Proyectos, los Investigadores y cualquier otro personal de la AHA que se considere fundamental para el rendimiento laboral y est茅 identificado como Personal Clave en la propuesta de contrato, la subvenci贸n o el contrato.
Inter茅s Financiero Significativo (SFI, por sus siglas en ingl茅s):
De acuerdo con las regulaciones federales (T铆tulo聽42, Parte聽50.603 y T铆tulo聽45, Parte聽94.3 del C贸digo de Regulaciones Federales [CFR, por sus siglas en ingl茅s]), un Inter茅s Financiero Significativo se refiere a uno o m谩s de los siguientes intereses del Investigador o de su c贸nyuge o pareja de hecho registrada e hijos dependientes para las siguientes categor铆as, excepto en el caso de traslados:
- Con respecto a cualquier entidad que cotiza en bolsa, existe un Inter茅s Financiero Significativo si el valor de cualquier remuneraci贸n recibida por parte de la entidad en los doce meses anteriores a la divulgaci贸n y el valor de cualquier participaci贸n en el capital de la entidad a la fecha de divulgaci贸n, cuando se suman, superan los $5,000. Se incluyen el salario, los honorarios de consultor铆a y de otro tipo y el valor de la participaci贸n en el capital a la fecha de divulgaci贸n seg煤n se determina mediante los precios p煤blicos u otra medida razonable de valor de mercado razonable.
- Con respecto a cualquier entidad que no cotiza en bolsa, existe un Inter茅s Financiero Significativo si el valor de cualquier remuneraci贸n recibida por parte de la entidad en los doce meses anteriores a la divulgaci贸n, cuando se suma, supera los $5,000, o cuando el Investigador (o su c贸nyuge, pareja de hecho registrada o hijos dependientes) tiene participaci贸n en el capital.
- Derechos e intereses de propiedad intelectual que, tras recibir ingresos, superen los $5,000 durante los doce meses anteriores a la divulgaci贸n de dichos derechos e intereses.
- En el caso de los traslados, viajes patrocinados o reembolsos hechos al Investigador o en nombre de este, independientemente del monto, por parte de una entidad con o sin fines de lucro relacionada con las Responsabilidades Institucionales del Investigador. Sin embargo, los Intereses Financieros Significativos no incluyen los viajes reembolsados o pagados por un organismo gubernamental federal, estatal o local, una instituci贸n de educaci贸n superior de los EE.聽UU. o un instituto de investigaci贸n, centro m茅dico acad茅mico u hospital afiliado a una instituci贸n de educaci贸n superior.
El t茅rmino 鈥淚nter茅s Financiero Significativo鈥 no incluye los siguientes tipos de intereses financieros:
- Salarios, regal铆as u otros pagos efectuados por la AHA a un Investigador de la AHA que est谩 empleado actualmente o designado en otra funci贸n por la AHA;
- Ingresos por seminarios, clases, sesiones educativas o servicio en comit茅s asesores o paneles de revisi贸n patrocinados por un organismo gubernamental federal, estatal o local, una instituci贸n de educaci贸n superior de los EE.聽UU. o un instituto de investigaci贸n, centro m茅dico acad茅mico u hospital afiliado a una instituci贸n de educaci贸n superior;
- Ingresos por instrumentos de inversi贸n, como fondos mutuos y fondos jubilatorios, en los cuales el Investigador no controla directamente las decisiones de inversi贸n.
III. PROCEDIMIENTOS DE IMPLEMENTACI脫N
A. DIVULGACI脫N DE INTERESES FINANCIEROS SIGNIFICATIVOS
Los Investigadores de la AHA que reciben apoyo para investigaci贸n de los PHS deben divulgar los Intereses Financieros Significativos. Estos Investigadores deben presentar una divulgaci贸n de los Intereses Financieros Significativos de acuerdo con los procedimientos de implementaci贸n de la AHA.
Los Investigadores, seg煤n se define en las Normas, deben divulgar a la AHA todos los Intereses Financieros Significativos en un plazo de 15聽d铆as desde que se comprometen a participar en un proyecto propuesto y, a m谩s tardar, 5聽d铆as h谩biles antes de presentar la solicitud.
Esta responsabilidad inicial de divulgaci贸n es independiente y se agrega a las obligaciones en curso del Investigador a lo largo del plazo de una adjudicaci贸n de investigaci贸n de los PHS de divulgar al Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA sus Intereses Financieros Significativos y los de su c贸nyuge o pareja de hecho registrada e hijos dependientes con respecto a las responsabilidades del Investigador con la AHA:
- En el plazo de 30聽d铆as desde que se descubre o se adquiere (p.聽ej., mediante compra, matrimonio o herencia) un nuevo Inter茅s Financiero Significativo (excepto las divulgaciones de viajes, seg煤n se indica a continuaci贸n); y
- Al menos de forma anual durante el per铆odo de la adjudicaci贸n.
Conforme a los t茅rminos de estos procedimientos de implementaci贸n, los Investigadores Principales deben identificar a todos los Investigadores que recibieron la adjudicaci贸n (es decir, todas las personas que tendr谩n responsabilidad respecto del dise帽o, la realizaci贸n o el informe de la investigaci贸n que ser谩 financiada por los PHS) que deben divulgar los Intereses Financieros Significativos.
Los viajes patrocinados o reembolsados pueden divulgarse:
- De manera prospectiva enumerando todos los viajes previstos (con informaci贸n sobre el prop贸sito del viaje, la identidad del patrocinador/organizador, el destino y la duraci贸n del viaje, adem谩s de toda informaci贸n que pueda requerir la AHA) para el per铆odo de 12聽meses posterior a la presentaci贸n del formulario de divulgaci贸n anual del Investigador, o;
- En el plazo de 30聽d铆as desde la realizaci贸n de un viaje que no haya estado enumerado en el informe prospectivo anual de viajes conforme al p谩rrafo聽A o cuyos detalles predefinidos del informe cambiaron significativamente con respecto a lo enumerado en el informe prospectivo.
Los colaboradores de otras organizaciones que comparten la responsabilidad del dise帽o, la realizaci贸n o el informe de los resultados de una investigaci贸n y que realizar谩n investigaciones conforme a una sub-subvenci贸n o un subcontrato de la AHA deben cumplir las pol铆ticas y los procedimientos de divulgaci贸n y revisi贸n de Intereses Financieros Significativos en la organizaci贸n en la cual son empleados o, si su empleador no tiene una pol铆tica de conflictos de intereses que cumpla las regulaciones del DHHS, deben cumplir estas pol铆ticas y procedimientos. Las subadjudicaciones emitidas por la AHA requerir谩n que la organizaci贸n subreceptora certifique que su pol铆tica cumple con las regulaciones de conflictos de intereses del DHHS. En ese caso, la organizaci贸n receptora es responsable de revisar las divulgaciones presentadas por sus Investigadores y, si se identifica un Conflicto de Intereses Financieros, de enviar a la AHA una notificaci贸n del conflicto y de las medidas de la organizaci贸n subreceptora, incluido su plan para gestionar, mitigar o finalizar los conflictos identificados.
El Investigador Principal debe identificar como Investigadores a los colaboradores que comparten la responsabilidad del dise帽o, la realizaci贸n y el informe de los resultados de la investigaci贸n que no est谩n cubiertos por una pol铆tica de Conflictos de Intereses Financieros que cumpla con las regulaciones de conflictos de intereses del DHHS y que participar谩n en la investigaci贸n, y estos deben completar los formularios de divulgaci贸n de la AHA. Si, tras la revisi贸n, la AHA determina que estos intereses financieros podr铆an afectar directa y significativamente el dise帽o, la realizaci贸n o el informe de la investigaci贸n que se realizar谩 conforme al acuerdo, la AHA exigir谩 que el colaborador cumpla con los planes implementados para finalizar, mitigar o gestionar los conflictos de intereses identificados.
B. REVISI脫N DE DIVULGACIONES: PLAN DE GESTI脫N
El Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA revisar谩 las divulgaciones de Intereses Financieros Significativos de los Investigadores por cada propuesta, informe de progreso, financiamiento progresivo o extensi贸n de los PHS a fin de determinar si hay alg煤n Inter茅s Financiero Significativo que parezca estar razonablemente relacionado con las actividades de investigaci贸n financiadas por los PHS que lleva a cabo el Investigador. Los Investigadores deben tener una oportunidad de indicar si consideran o no que el o los Intereses Financieros Significativos que informaron est谩n relacionados con sus actividades de investigaci贸n financiadas por los PHS. Si el Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA concluye que el Inter茅s Financiero Significativo de un Investigador parece razonablemente afectar de forma directa y significativa el dise帽o, la realizaci贸n o el informe de la investigaci贸n financiada por los PHS o forma parte de una entidad cuyo inter茅s financiero podr铆a verse afectado por la investigaci贸n, enviar谩 la Divulgaci贸n y la documentaci贸n correspondiente al FCOIRT para su consideraci贸n. El FCOIRT determinar谩 las condiciones o restricciones que deben aplicarse al proyecto para finalizar o mitigar el Conflicto de Intereses Financieros antes de que se pueda aceptar el financiamiento.
Para las Divulgaciones anteriores al inicio del proyecto, la AHA implementar谩 todos los planes de gesti贸n antes de gastar los fondos de los PHS adjudicados para el proyecto de investigaci贸n, y debe especificar las medidas requeridas para gestionar el Conflicto de Intereses Financieros, lo que incluye lo siguiente:
- La funci贸n y las obligaciones principales del Investigador que tiene el conflicto;
- Las condiciones del plan de gesti贸n;
- La forma en que el plan resguardar谩 la objetividad en las actividades de investigaci贸n;
- La confirmaci贸n de que el Investigador est谩 de acuerdo con el plan;
- El m茅todo de monitoreo del plan.
El mismo proceso de revisi贸n tiene lugar cuando un Investigador informa un nuevo Inter茅s Financiero Significativo.
C. INFORME A LOS PHS
Antes de que la AHA gaste los fondos proporcionados conforme a una adjudicaci贸n de los PHS, esta debe proporcionar al organismo de financiaci贸n de los PHS un informe inicial sobre los Conflictos de Intereses Financieros del Investigador. Si los Conflictos de Intereses Financieros finalizan antes de que se gasten los fondos para la investigaci贸n, la AHA no debe presentar un informe al organismo de financiaci贸n de los PHS.
Durante el per铆odo de la adjudicaci贸n, la AHA, en un plazo de 60聽d铆as desde la divulgaci贸n de un nuevo Inter茅s Financiero Significativo, debe revisar la divulgaci贸n, determinar si el conflicto est谩 relacionado con la investigaci贸n financiada por los PHS, determinar si constituye un Conflicto de Intereses Financieros y, en caso afirmativo, implementar un plan de gesti贸n e informar acerca del Conflicto de Intereses Financieros al organismo de financiaci贸n de los PHS.
Para cualquier Conflicto de Intereses Financieros que la AHA informe a un organismo adjudicador de los PHS, la AHA debe proporcionarle un informe anual de Conflictos de Intereses Financieros en el que se aborde el estado del conflicto y cualquier cambio en el plan de gesti贸n mientras el proyecto est茅 en curso. En el informe anual, se debe especificar si el conflicto financiero a煤n se est谩 gestionando o explicar por qu茅 dej贸 de existir. La AHA debe proporcionar informes anuales al organismo adjudicador de los PHS durante todo el per铆odo del proyecto (incluidas las extensiones con o sin fondos). En el plazo de 60聽d铆as desde que se determina que existe un Conflicto de Intereses Financieros para un Investigador nuevo que se incorpora a una actividad de investigaci贸n financiada por los PHS, la AHA debe implementar un plan de gesti贸n y presentar un informe al organismo de financiaci贸n de los PHS.
Si el Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS) determina que un proyecto de investigaci贸n cl铆nica patrocinado por los PHS cuyo prop贸sito es evaluar la seguridad o la eficacia de un medicamento, dispositivo m茅dico o tratamiento ha sido dise帽ado, realizado o informado por un Investigador con un Conflicto de Intereses Financieros que la AHA no gestion贸 ni inform贸 conforme a estas Normas y las regulaciones federales, la AHA debe exigir al Investigador que divulgue el Conflicto de Intereses Financieros en cada presentaci贸n p煤blica de los resultados de la investigaci贸n y que solicite la incorporaci贸n de un ap茅ndice a las presentaciones publicadas con anterioridad.
D. MONITOREO
En todo plan de gesti贸n implementado por la AHA, se debe especificar c贸mo la AHA monitorear谩 el cumplimiento del plan por parte del Investigador hasta la finalizaci贸n del proyecto de investigaci贸n financiado por los PHS.
E. REVISIONES RETROSPECTIVAS E INFORMES DE MITIGACI脫N
Si, durante el trascurso de un proyecto de investigaci贸n financiado por los PHS, la AHA identifica un Inter茅s Financiero Significativo que un Investigador no divulg贸 oportunamente o que no fue revisado con anterioridad, el Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA revisar谩, en un plazo de 60聽d铆as, el Inter茅s Financiero Significativo para determinar si est谩 relacionado con la actividad de investigaci贸n financiada por los PHS, determinar谩 si existe un Conflicto de Intereses Financieros y, de ser as铆, implementar谩 un plan de gesti贸n, como m铆nimo, de forma provisional.
Adem谩s, cuando (a) un Conflicto de Intereses Financieros no se identifique o gestione oportunamente, independientemente de que el Investigador no haya divulgado un SFI que luego se haya confirmado como un Conflicto de Intereses Financieros, (b) la AHA no haya revisado o gestionado el Conflicto de Intereses Financieros, o (c) el Investigador no haya cumplido un plan de gesti贸n implementado previamente, la AHA debe realizar una revisi贸n retrospectiva de las actividades del Investigador y de la investigaci贸n financiada por los PHS en un plazo de 120聽d铆as desde que se determina el incumplimiento. El prop贸sito de esta revisi贸n retrospectiva es determinar si la investigaci贸n financiada por los PHS en curso tuvo un sesgo en el dise帽o, la realizaci贸n o la elaboraci贸n de informes. La AHA documentar谩 la revisi贸n retrospectiva, incluidos el n煤mero de proyecto, el t铆tulo del proyecto, el nombre del Investigador con el Conflicto de Intereses Financieros, el nombre de la entidad con la cual el Investigador tiene un Conflicto de Intereses Financieros, los motivos de la revisi贸n retrospectiva, la metodolog铆a en detalle utilizada para la revisi贸n retrospectiva, los hallazgos y las conclusiones.
Sobre la base de los resultados de la revisi贸n retrospectiva, si corresponde, el informe de Conflicto de Intereses Financieros presentado anteriormente debe actualizarse para especificar las medidas que adoptar谩 la AHA con el fin de gestionar en el futuro el Conflicto de Intereses Financieros identificado. Si se detect贸 un sesgo durante la revisi贸n retrospectiva, la AHA notificar谩 oportunamente al organismo de financiaci贸n de los PHS y elaborar谩 un informe de mitigaci贸n en el que, como m铆nimo, se documenten los elementos clave de la revisi贸n retrospectiva, se describa el impacto del sesgo en la investigaci贸n y se presenten los planes de la AHA para eliminar o mitigar el efecto del sesgo.
F. CONSERVACI脫N DE REGISTROS
La AHA conservar谩 registros de las divulgaciones financieras relacionadas con cualquier subvenci贸n y la revisi贸n o la respuesta de dichas divulgaciones por parte de la AHA, independientemente de si una divulgaci贸n hizo que la AHA determinara que hab铆a un Conflicto de Intereses Financieros, y todas las medidas adoptadas conforme a estas Normas o la revisi贸n retrospectiva durante, al menos 3聽a帽os desde la fecha de presentaci贸n del informe de gastos final o, para adjudicaciones que se renuevan de forma trimestral o anual, desde la fecha de presentaci贸n del informe financiero trimestral o anual para la adjudicaci贸n en cuesti贸n o seg煤n se requiera de otro modo conforme al T铆tulo聽45, Partes聽74.53(b) y 92.42(b) del CFR (sobre litigios y auditor铆as en tr谩mite), o bien en los casos en que los bienes inmuebles y equipos adquiridos conforme a la adjudicaci贸n se conservan durante m谩s de 3聽a帽os, cuando los registros se transfieren o conservan por el organismo adjudicador del DHHS o en casos de propuestas de costos y planes de asignaci贸n de costos indirectos. No es necesario conservar los registros relacionados con adjudicaciones no financiadas.
G. CAPACITACI脫N
Cada Investigador, incluidos colaboradores, consultores o subcontratistas, debe completar una capacitaci贸n conforme a los Institutos Nacionales de Salud (NIH, por sus siglas en ingl茅s) sobre la pol铆tica de conflictos de intereses financieros de los PHS antes de participar en cualquier investigaci贸n relacionada con proyectos financiados por los PHS y, al menos, cada 4聽a帽os a partir de entonces, mientras reciba financiamiento de la investigaci贸n de los PHS, adem谩s de en otras ocasiones seg煤n lo requiera la AHA en cumplimiento de las regulaciones del DHHS. Para los Investigadores financiados por los PHS que sean nuevos en la AHA o que se unan a una Actividad de 滨苍惫别蝉迟颈驳补肠颈贸苍 en curso de los PHS, la AHA debe establecer un plazo razonable y expedito en el que los Investigadores deben completar la capacitaci贸n.
H. ACCESO P脷BLICO A LA INFORMACI脫N
El Director de Subvenciones del Gobierno Nacional de la AHA gestiona la recepci贸n y la respuesta a las solicitudes p煤blicas de informaci贸n conforme a las regulaciones de los PHS y estas Normas, y debe tomar las medidas necesarias para proporcionar una notificaci贸n razonable para dichas comunicaciones al p煤blico, lo que incluye la publicaci贸n visible de esta informaci贸n en el sitio web de la AHA.
La AHA debe responder en un plazo de 5聽d铆as h谩biles a toda solicitud de informaci贸n sobre Intereses Financieros Significativos del Personal Clave cuando haya determinado que los Intereses Financieros Significativos divulgados est谩n relacionados con la investigaci贸n financiada por los PHS y que constituyen un Conflicto de Intereses Financieros. El plazo de respuesta de 5聽d铆as debe medirse a partir de la fecha en que se recibe la solicitud de informaci贸n en la direcci贸n designada por la AHA hasta la fecha en que se env铆a una respuesta al solicitante.
Los formularios de Divulgaci贸n, los formularios de Actualizaci贸n de Divulgaci贸n y los Planes de Gesti贸n que incluyen determinaciones de Conflictos de Intereses Financieros conforme a estas Normas son registros p煤blicos disponibles para la inspecci贸n del p煤blico, de conformidad con las leyes federales y estatales.
I. SANCIONES
La AHA puede finalizar la relaci贸n con Consultores con causa si incumplen la obligaci贸n de realizar una divulgaci贸n o no cumplen con alguna de las condiciones o restricciones impuestas por la AHA. La AHA puede retirar a otro Personal Clave del proyecto y prohibirle usar los informes, los datos generados u otros productos finales u obtener cr茅dito por estos. Adem谩s, las regulaciones federales pueden exigirle a la AHA que informe sobre infracciones de las regulaciones federales y la pol铆tica de la AHA al patrocinador federal del proyecto. Cuando corresponda, la AHA puede solicitar el reembolso de financiamiento desembolsado en forma inadecuada debido a un incumplimiento intencional o totalmente negligente de la pol铆tica y los procedimientos antes mencionados por parte del Personal Clave.
IV. RESUMEN DE CUMPLIMIENTO Y RESPONSABILIDADES
| 贵耻苍肠颈贸苍 | Responsabilidades |
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Investigadores, seg煤n se define en estas Normas |
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Colaboradores, consultores, voluntarios o subcontratistas que comparten responsabilidad sobre el dise帽o, la realizaci贸n o el informe de los resultados de la investigaci贸n y que participar谩n en la investigaci贸n en virtud de una sub-subvenci贸n o subcontrato de la AHA |
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Instituciones que reciben subadjudicaciones emitidas por la AHA para investigaci贸n financiada por los PHS. |
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